sábado, 04 septiembre 2010

Notario Público

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El Notario, tiene necesariamente que ser un profesional del derecho, pues tiene a su cargo el redactar el instrumento notarial, vigilar la legalidad de los actos, leerlos y explicarlos a las partes, logrando así la seguridad y certeza jurídica, que evita litigios posteriores.


NotariosEl notario, es un profesional del Derecho que ejerce simultáneamente una función pública, para proporcionar a los ciudadanos la seguridad jurídica que promete la Constitución, en el ámbito del tráfico jurídico extrajudicial. Tiene una formación, jurídica contrastada y es seleccionado mediante unas rigurosas oposiciones que garantizan su formación.


Potestad del Notario
Los Notarios, en virtud que son funcionarios de la Dirección Nacional de Registros y del Notariado, que tienen la potestad de dar fé pública de los hechos o actos jurídicos ocurridos en su presencia física o a través de medios electrónicos, indicando en este último caso los instrumentos mediante los cuales le otorga presunción de certeza al acto.


Nombramiento y Remoción
La Ley de Registro Notariado, establece que cada Notaría estará a cargo de un Notario, quien será responsable del funcionamiento de su dependencia. La elección, de los Notarios se efectuará mediante concurso de oposición, conforme a lo establecido en el reglamento correspondiente, y su nombramiento estará a cargo del Ministro del Interior y Justicia. Pero, debido a que el reglamento de esta Ley aun no ha sido sancionado el Notario Público sigue siendo un cargo de libre remoción.


El nombramiento, de los Notarios lo hará el Ministro de Interior y Justicia mediante Resolución que se publicará en la Gaceta Oficial y se notificará personalmente al interesado, y al Juez de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción donde haya de ejercer su ministerio.

 
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